Clase 5: Ataques contra la familia

Clase 5 Ataques a la familia
1. La ideología de género
Antes de empezar, será bueno recordar una afirmación del cardenal Ratzinger, poco antes de ser nombrado Papa:
«La ideología de género es la última rebelión de la creatura contra su condición de creatura. Con el ateísmo, el hombre moderno pretendió negar la existencia de una instancia exterior que le dice algo sobre la verdad de sí mismo, sobre lo bueno y sobre lo malo. Con el materialismo, el hombre moderno intentó negar sus propias exigencias y su propia libertad, que nacen de su condición espiritual.Ahora, con la ideología de género el hombre moderno pretende librarse incluso de las exigencias de su propio cuerpo: se considera un ser autónomo que se construye a sí mismo; una pura voluntad que se autocrea y se convierte en un dios para sí mismo».
Dale O’Leary es una conocida investigadora de la Asociación Médica Católica de Estados Unidos que es autora de varios libros y multitud de artículos. En su último libro “The Gender Agenda: Redefining Equality” denuncia los excesos de la ideología de género.
O'Leary describe en este libro cómo esta ideología considera que la masculinidad y la feminidad son “construcciones sociales”. Según esta teoría, el ser humano nace sexualmente neutro; más tarde es “socializado” hasta convertirse en hombre o mujer; esta “socialización”, dicen, afecta a la mujer negativa e injustamente. Por ello, su objetivo es deconstruir todos los modelos de comportamiento individual y social, incluidas las relaciones sexuales y familiares. Ven a la mujer como la clase oprimida porque deben soportar los embarazos y ocuparse de criar a sus hijos. Y concluyen que la única forma de eliminar esa opresión es eliminar la maternidad como función femenina.
Las feministas radicales piensan que las mujeres que desean casarse y tener hijos han sido seducidas y engañadas por los hombres. Las mujeres que no desean ese tipo de cosas se han liberado de tal engaño; esas “mujeres libres” tratan de liberar a las demás mujeres —les guste o no— de sus deseos de familia y de maternidad. No era fácil que un programa tan opuesto a los sentimientos naturales de la mayoría de las mujeres arraigase así por las buenas, por lo que el feminismo radical adoptó una estrategia menos directa para imponer sus principios, como explica Dale O'Leary:
«Debido a que esa revolucionaria ideología no logró la adhesión popular, las feministas radicales empezaron a poner sus miras en instituciones tales como las universidades, los organismos estatales y las Naciones Unidas. Así empezó la larga marcha a través de las diversas instituciones. En las Naciones Unidas encontraron poca oposición. Los burócratas que llevan la gestión diaria suelen tener simpatía por los objetivos feministas, cuando no son activistas directos. (…) Ni que decir tiene que las organizaciones feministas radicales han logrado imponer su programa con gran eficacia en la Sede de las Naciones Unidas de Nueva York y en diversas conferencias de las Naciones Unidas en todo el mundo (...). Por ejemplo, las feministas radicales controlaron la Conferencia de la Mujer de las Naciones Unidas, celebrada en Beijing en 1995».
Precisamente gracias a esa Conferencia, la palabra "género" ha pasado en los últimos años a formar parte del vocabulario cotidiano, y la mayoría de las personas suelen identificarla erróneamente como sinónimo bien intencionado y elegante de "sexo". Nada más lejos de su verdadero significado, porque precisamente la palabra "género" se ha impuesto en la fraseología feminista como negación de la existencia de "sexos" en el sentido tradicional de la expresión.
Mientras que por "sexo" entendemos una realidad biológica (los hombres son del "sexo" masculino y las mujeres pertenecen al "sexo" femenino), la expresión género "se refiere a las relaciones entre mujeres y hombres basadas en roles definidos socialmente que se asignan a uno u otro sexo, según la definición que lograron imponer las feministas en la Conferencia de las Naciones Unidas celebrada Beijing en 1995. Ser hombre o ser mujer, según esa definición, no tiene nada que ver con la realidad biológica, sino con las funciones que se han asignado socialmente a uno u otro "sexo".
Por lo tanto, el género es una construcción totalmente distinta del sexo: el hecho de que ahora exista una correspondencia mayoritaria entre ambos es fruto únicamente de las tendencias sociales. La naturaleza es neutra, según esta teoría, y no se nace hombre o mujer: esta división es únicamente resultado de un proceso social. Al nacer, la sociedad nos asigna a uno u otro "género" en función de nuestra configuración genital. Tras esa asignación inicial, los niños son educados en la masculinidad y las niñas en la feminidad. Hombres y mujeres no existen como tales en estado natural, sino que son únicamente resultado de esos procesos o "construcciones sociales". Por eso, las feministas de género tratan de imponer a toda costa una disciplina de "deconstrucción" de esos géneros socialmente construidos, a fin de que todos -hombres y mujeres- seamos absolutamente idénticos, con preferencias sexuales indistintas y roles neutros.
Está claro, pues, que para esta nueva "perspectiva de género", la realidad de la naturaleza incomoda, estorba y, por tanto, debe desaparecer. Para los apasionados defensores de la "nueva perspectiva", no se deben hacer distinciones porque cualquier diferencia es sospechosa, mala, ofensiva. Dicen además que toda diferencia entre el hombre y la mujer es construcción social y por consiguiente tiene que ser cambiada. Buscan establecer una igualdad total entre hombre y mujer, sin considerar las naturales diferencias entre ambos, especialmente las diferencias sexuales; más aún, relativizan la noción de sexo de tal manera que, según ellos, no existirían dos sexos, sino más bien muchas "orientaciones sexuales".
En realidad, para el "feminismo de género" existen cinco sexos, como explicó Rebecca J. Cook, profesora de derecho en la Universidad de Toronto y redactora del informe oficial de la ONU en Pekín. Según Cook, los géneros masculino y femenino, serían una "construcción de la realidad social" que deberían ser abolidos. En el documento elaborado por la feminista canadiense se afirma que "los sexos ya no son dos sino cinco", y por tanto no se debería hablar de hombre y mujer, sino de "mujeres heterosexuales, mujeres homosexuales, hombres heterosexuales, hombres homosexuales y bisexuales".
Dale O’Leary coincide con otros sociólogos al indicar que el "feminismo de género" se inspira en la interpretación marxista de la historia como lucha de clases. Por esto, la meta de los promotores de la "ideología de género", es llegar a una sociedad sin clases de sexo. En este sentido, las "feministas de género" consideran que cuando la mujer cuida a sus hijos en el hogar y el esposo trabaja fuera de casa, las responsabilidades son diferentes y no igualitarias; y entonces se establece una relación desigual entre opresor y oprimida. Lo que no encaja en ese esquema es la decidida preferencia de muchas mujeres por esa forma de "opresión".
Según O’Leary, el "feminismo de género" es un sistema cerrado contra el cual no hay forma de argumentar. No puede apelarse a la naturaleza, ni a la razón, la experiencia, o las opiniones y deseos de las mujeres “normales”, porque las "feministas de género" insisten una y otra vez en que todo eso se debe a las "construcciones sociales". No importa cuántos argumentos y datos se acumulen contra sus ideas; ellas continuarán insistiendo en que todo ello es, simplemente, una prueba más de la conspiración patriarcal generalizada contra de la mujer.
2. Los “matrimonios” homosexuales
a) ¿Matrimonio homosexual?
(Fuentes: Richard Stith, Professor of Law, y Juan Pérez Adán, profesor de sociología: “’Matrimonio Gay’- La legitimación de las uniones homosexuales como uniones familiares supone discriminación para el resto de las uniones”; Carlos Martínez de Aguirre, Catedrático de Derecho Civil: “Matrimonio homosexual ¿por qué no?”; Rafael Navarro Valls, Catedrático de Derecho Eclesiástico del Estado y Secretario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación: entrevista en Internet; y “Doce argumento para decir no al matrimonio homosexual”, documento sin firma extraído de Internet).
· No es una necesidad social: ¿cuatro millones? ¿100.000? Último censo (2001): 9.563.723 parejas censadas, de éstas, 10.474 homosexuales, o sea, el 0,1%.
· Dictámenes en contra: CGPJ, Real Academia de Legislación y Jurisprudencia y Consejo de estado (Lo que el Consejo de Estado afirma es : 1) Existe un derecho constitucional al matrimonio entre hombre y mujer; 2) No existe un derecho constitucional a la unión de personas del mismo sexo; 3) No aceptar un matrimonio entre homosexuales no puede calificarse de discriminatorio, ni desde la perspectiva de la Constitución española ni desde la óptica de las Declaraciones Internacionales de Derechos; 4) A través de figuras jurídicas distintas del matrimonio, pueden concederse algunos efectos jurídicos a las uniones entre homosexuales).
· ¿Reconocimiento? El Estado no reconoce vínculos afectivos (religiosos, fraternos, amistad…). Sólo la unión hombre-mujer es capaz de generar nuevos seres humanos; y de ahí el interés en regularla, tutelarla para dar estabilidad a la nueva vida, muy vulnerable, por eso se protege a quien se hace vulnerable (madre normalmente) para que ellos (hijos) no lo sean tanto…
· No reconocer no es prohibir (monjes, amigos, hermanos…). Lo que sucede es que los homosexuales buscan el sello de normalidad, quieren para sí la aprobación social que el matrimonio merece y su unión no. Una verdad de Perogrullo: dos homosexuales no pueden hacer lo que hacen dos heterosexuales al casarse porque lo que hacen dos homosexuales es distinto de lo que hacen dos heterosexuales.
· El matrimonio hombre-mujer es socialmente relevante: la razón de su regulación no es que se quieran; no se les pregunta si se quieren, sino si quieren casarse; ni la mera convivencia ni la ayuda mutua (presentes en otros ámbitos: conventual, militar…) son suficientes.
· Obstáculos:
(i) “El reconocimiento estatal nos dará estabilidad”: argumento preilustrado de estado totalitario: el Estado no puede dar estabilidad afectiva; además la tendencia es la contraria: el Estado tiende en la actualidad a restar estabilidad (véase la reforma del Código Civil ya conocida como “divorcio express”).
(ii) “También podemos tener hijos”: Cierto, pero de otros, no propios de la unión; luego, el Estado sigue sin tener interés en promover estas parejas estructuralmente estériles. Habrá de plantearse primero si es bueno que adopten hijos, pero es claro que no los pueden tener. En cualquier caso, la razón del matrimonio sería entonces la adopción, no la unión; y como casi no hay adopciones, convendría ver caso por caso, igual que se estudian las adopciones de personas solas. En cualquier caso, a ningún adoptante se le da la condición de casado por el hecho de adoptar. Si la posibilidad de adoptar fuera título suficiente para merecer la condición de casado, todos los españoles mayores de edad accederían a esta condición, pues todos son eventuales adoptantes. El mismo título de padre en la adopción sólo lo reciben quienes han adoptado no quienes pueden hacerlo.
(iii) ¿Y las parejas heterosexuales estériles o de gente mayor infecunda, porque se pueden casar si no pueden tener hijos? Para el Estado, para la ley, que regula la generalidad (régula: regla), no el caso individual, todas las parejas heterosexuales son estructuralmente fecundas, mientras que las homosexuales son estructuralmente estériles; lo que no puede hacer el Estado es comprobar individualmente esta circunstancia, pues atentaría contra la intimidad de las personas. Por lo demás, certificar la infertilidad médicamente con certeza absoluta es prácticamente imposible. En cuanto a los ancianos, tienen siempre un papel de abuelos en que se proyecta la imagen del matrimonio. En cualquier caso, la excepción se encuentra sólo en las heterosexuales; las homosexuales no tienen excepción, son siempre estériles, de modo que aunque pudiera estudiarse si hay matrimonio o no en las heterosexuales estériles, es obvio que no lo hay en las homosexuales.
· Discriminación:
(i) Una persona homosexual puede casarse igual que un heterosexual: con una persona del otro sexo; se dirá entonces por los defensores del matrimonio homosexual que la discriminación consiste en que no puede casarse con la persona que ama: pero eso no es discriminatorio, pues le pasa a mucha gente, no todos los que quieren pueden casarse: ¿hermanos, personas ya casadas? ¿Puede un niño bajito decir que le discriminan porque no le dejan jugar en el equipo de basquet, que exige una altura determinada?
(ii) El matrimonio homosexual sí establece una discriminación: se premia a los practicantes de cierto tipo de sexo frente a los que no lo practican (dos ancianas, tres hermanos, cuatro amigos, una comuna de amor libre) ¿Por el hecho de ser gay tienen ese privilegio? ¿Quién va a comprobar si practican el sexo? ¿Y si no pueden porque, por ejemplo, uno de ellos tiene sida y prefieren no arriesgar: qué diferencia hay con los otros convivientes?
(iii) La aprobación del matrimonio homosexual hará desaparecer el concepto de matrimonio; una unión de dos hombres o dos mujeres no es matrimonio por la misma razón que una compraventa sin precio no es tal, es una donación, lo que no es decir nada malo de la donación, sino delimitar realidades diferentes. La moneda falsa devalúa siempre a la verdadera, aunque a mí no me afecte personalmente.
(iv) Para no discriminar habría que legitimar toda una panoplia de situaciones: [Stith: Para no discriminar tendríamos que legitimar, además de la homomonogamia (el matrimonio de uno con uno) y de la homomonogamia lésbica (de una con una), la homopoligamia (de uno con unos), la homopoligamia lésbica (de una con unas), la promiscuidad (de dos o más varones con otros dos o más), la promiscuidad lésbica (de dos o más mujeres con otras dos o más), la heteropoligamia (de uno con unas), la heteropoliandria (de una con unos), la poliandria bisexual (de una con unas y unos), la poligamia bisexual (de uno con unas y unos), y la promiscuidad bisexual limitada (de dos o más unas y unos con dos o más unas y unos). Y todo ello sin incorporar casos de uniones legitimables en las que incorporemos a humanos no adultos, a no humanos de las distintas especies, o, incluso a medio humanos (ya que las posibilidades de hibridación que nos avanza la manipulación genética son cada vez más numerosas.] Ya lo pedía Mendicutti en la revista Zero: que se apruebe la bisexualidad, pues si un casado descubre que es homosexual, ¿por qué no vivir con sus dos amores? Además, el matrimonio polígamo tiene más tradición jurídica y social que el homosexual.
· Argumentos sociológicos: los ya vistos, son poco estables y poco fecundas.
b) Homosexualidad como trastorno psicoafectivo
Los especialistas afirman que “todo el que experimenta atracción hacia el mismo sexo es de forma latente un heterosexual y que simplemente se ha estancado en una fase temprana de desarrollo psico sexual. Cuando las causas se manifiestan y se curan, y cuando las necesidades insatisfechas se cumplen, se experimenta la identidad de género y se dan los deseos heterosexuales” (Richard Cohen: “Comprender y sanar la homosexualidad”).
Hay muchos datos que demuestran que la homosexualidad no es normal: diferencias médicas ano y vagina; índices de promiscuidad (43% de los homosexuales han tenido relaciones con 1000 o más hombres; 28% 500 o más; 95% parejas homosexuales infieles en 5 primeros años, mientras heterosexuales 6,4%; 78% han sufrido infecciones enfermedad sexual; estadísticamente 12 veces más probabilidades de molestar a niños; 1/3 de suicidios de adolescentes han tenido problemas de homosexualidad; la primera encuesta nacional sobre hábitos sexuales del colectivo gay en España, publicada en 2002, y patrocinada por la Federación Estatal de Lesbianas y Gays, señala, entre sus conclusiones más relevantes, que un varón homosexual tiene relaciones con 39 personas distintas, como media, a lo largo de su vida; que el 58 % de las parejas de gays españoles lleva más de un años de relación, pero que solo el 27 % lleva más de cinco años, y que únicamente el 20 % vive en pareja …) (Richard Cohen, op. cit. Y diversos estudios).
No hay un gen de la homosexualidad. Causas: herencia (lo que traemos puede predisponer, igual que sucede con el alcoholismo), temperamento (sobre todo el no aceptado), heridas hetero u homo emocionales (niño de 1,5 a 3 años individuarse de su madre…), conflictos hermanos o familiares, propia imagen, abusos sexuales (90% en mujeres, 75-85% varones, éstos, muchos del propio sexo), heridas sociales (compañeros), heridas culturales (movimiento homosexual, presión social…) Ver datos estadísticos en pág. 91, en Cohen , op. cit. Ver también allí la crítica a los estudios que pretendían en vano demostrar la existencia de un gen de la homosexualidad.
Van der Aardweg (en “¿Se puede curar la homosexualidad?”, entrevista Internet): coincide con Cohen al señalar que los instintos heterosexuales se bloquean en un estadio de la evolución de la persona debido a múltiples factores. Suelen ser perturbaciones emocionales más amplias (ansioso, compulsivo, depresivo…); insiste en que hay siempre posibilidad de curación (hasta 60% seguro siguiendo su método).
Aconseja no educar nunca en la resignación y la aceptación, sino en el ánimo de curación y en superar el egocentrismo infantil, temores, complejos de inferioridad, autocompasiones, etc., pues es imposible convivir con estas tendencias sin dejarse arrastrar: o las vences o te vencen.
c) ¿Adopción por parejas homosexuales?
(Fuentes: además de las ya citadas, Aquilino Polaino: “Padres homosexuales: ¿un futuro cercano?, Revista Istmo, México, 2001).
Como hemos dicho, el niño necesita la familia para llegar a ser persona plena, lo que no sucede con los animales, que instintivamente saben lo que tienen que hacer. Para adquirir su identidad de género, el niño necesita contar con un modelo de padre y madre, de varón y mujer.
Como podemos ser mejores, tenemos el deber moral de serlo: el fin es que el niño se autorrealice como persona y sea feliz, no que a sus padres se les caiga la baba al verlo.
Vistos los riesgos que supone la adopción, lo lógico es pedir al adoptante unas condiciones psicológicas, morales y sociales (un cierto perfil sociocultural) mínimas.
Aunque una pareja homosexual elige su preferencia sexual, no es capaz de engendrar hijos porque no corresponde a su relación. Se dice que tener hijos es una necesidad afectiva natural, pero quien elige un estado que en su propia esencia no puede engendrarlos (celibato monacal, por ejemplo), no puede después exigirlos. La afectividad, con ser natural, no basta. En la sexualidad homosexual, como no corresponde al ser humano, hay una afectividad incompleta; pues implicando aparentemente la entrega de la sexualidad entera, sin embargo, es insuficiente para la realización personal de sus componentes. Si esa relación afectiva fuera completa y óptima, bastaría ella sola para colmar sus ansias afectivas: al estar con Juan, Antonio no diría “necesito un hijo” porque Juan le llenaría afectivamente, y vemos que no es así.
Dicen que su relación es normal, pero están privados para generar hijos sin que ninguna padezca lesión orgánica o esterilidad; entonces no es tan natural como pretenden. Es una simulación, no son iguales, no tienen los mismos derechos y deberes.
El adoptado es el más indefenso en la relación con el adoptante y debe gozar por derecho de un ambiente que le permita ser libre, y la identidad de género de un niño no es negociable; no puede ser violentada de ninguna manera. Tolerar que se transgredan los derechos de los más débiles nos convierte en animales. Pueden surgir síndromes psicológicos muy variados, y ese modelado es irreversible.
Premisas jurídicas:
Se crean vínculos artificiales de filiación, que imitan la filiación natural. La filiación adoptiva es artificial, creada ex novo por el Derecho, no reconocida de un hecho biológico como la natural. La sociedad crea la relación y puede elegir a los padres que quiere para los menores. No hay aquí discriminación, sino elección.
La filiación adoptiva es a imagen de la biológica. Sólo cabe establecer vínculo de filiación adoptiva allí donde podría haber un vínculo biológico. Nadie tiene biológicamente dos padres o dos madres; como mucho podrá tener un padre ausente, pero dos padres de igual sexo, no. No es posible crear un vínculo semejante al que existiría entre dos homosexuales y su descendencia, porque no pueden tenerla.
Art. 176.1 Código Civil: interés del adoptando e idoneidad de los adoptantes. Se trata de encontrar una familia que permita hacer frente a las necesidades del menor, porque la adopción no está concebida para satisfacer los deseos o aspiraciones de los adoptantes, sino como una institución de protección de menores.
El denegarlo a parejas del mismo sexo no es discriminatorio:
(i) La habría si pudieran adoptar todas las parejas del mismo sexo menos las de homosexuales. De nuevo, el problema no es de orientación sexual, sino de la estructura de la relación que se quiere crear. La reforma invierte la situación: el caso de los homosexuales casados será el único en que dos personas del mismo sexo podrán adoptar conjuntamente.
(ii) Por lo tanto, no es exacto afirmar que en nuestro Derecho estaba prohibida la adopción conjunta por una pareja homosexual. Lo que hacía nuestro Derecho es prohibir cualquier adopción conjunta por más de una persona (esta es la regla general) con dos únicas excepciones: el matrimonio y las uniones estables heterosexuales. Una pareja homosexual era tratada del mismo modo, por ejemplo, que dos hermanos, o que dos amigos, del mismo o distinto sexo que quieran igualmente adoptar un niño. Y esta opción no supone, de suyo, juicio peyorativo sobre la fraternidad, o la amistad, como tampoco, en si misma, respecto a la homosexualidad. No es un problema, en sí, de “homofobia”, como no lo es de “fraternofobia”. No hay, pues, tratamiento discriminatorio.
(iii) No hay un derecho a adoptar, sino una idoneidad para ejercer la patria potestad. Si ahí se quiere ver una discriminación, entonces el interés del menor cede ante el deseo o aspiración de los adultos a ser padres, y donde no hay derechos no hay discriminación. Con independencia de la valoración moral que merezcan las uniones homosexuales, su exclusión de la adopción obedece a criterios de funcionalidad: no son idóneas para suplir la relación de que carece el niño.
Por último, no hay que olvidar los juicios de expertos: son parejas caracterizadas, en términos generales, por la promiscuidad y la inestabilidad; pero precisamente los niños dados en adopción necesitan un entorno especialmente estable, que compense las carencias que habitualmente han experimentado durante los primeros meses o años de su existencia.
La Asociación Española de Pediatría señala que "un núcleo familiar con dos padres o dos madres, o con un padre o madre de sexo distinto al correspondiente a su rol, es, desde el punto de vista pedagógico y pediátrico, claramente perjudicial para el armónico desarrollo de la personalidad y adaptación social del niño".